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La Vanguardia

Entrevista a Carlos Javier Ram de Viu, procurador de los tribunales

"Los procuradores somos un vínculo de comunicación entre Tribunal y cliente"

La nueva Ley de Tasas Judiciales, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Servicios Profesionales... Estamos en una época de cambios legales para la procura. Hablamos de una profesión que ha cumplido 500 años de historia y que, tal como asegura Carlos Javier Ram de Viu, con 28 años de experiencia como procurador, siempre ha sabido adaptarse a los nuevos tiempos.

-¿Cuál es la función del procurador?
Básicamente representar a las partes ante el juzgado y servir de enlace directo entre el juzgado, el abogado y el cliente, es decir, que el juzgado, con quien se relaciona, siempre vía notificaciones, es con el procurador. Nosotros estamos ahí cada día, en contacto directo con el oficial, el auxiliar, el secretario, el agente y el juez y ante cualquier incidencia nos es fácil acceder a ellos. También es nuestra función controlar los procedimientos, los plazos, las pruebas, que los organismos y empresas a los cuales se les ha requerido que cumplimenten algún oficio o retención de saldos o embargos, contesten y no “se despisten”. Velamos por que el procedimiento siga su curso y no se estanque. Actuamos por mandato del cliente y en interés del mismo y conocemos de primera mano el funcionamiento de los juzgados, ya que, aunque parezca que todos son iguales, no es así. Actualmente también liquidamos las tasas judiciales, lo cual en realidad no es una obligación nuestra, sino del cliente, pero es una tarea que se nos ha pasado recientemente, con toda la responsabilidad que ello conlleva. Nuestra función, por lo tanto, tiene una doble vertiente: somos representantes de la parte, y colaboradores directos de la Administración de Justicia.
 
-¿Cuáles son los casos más frecuentes que ha llevado a cabo desde el inicio de la crisis?
Desgraciadamente, lo que más se está viendo son ejecuciones hipotecarias en las que se suele acabar perdiendo la vivienda habitual o desahucios por impago de la renta. También hay cada vez más concursos de acreedores de empresas e incluso (y esto es una novedad) concursos de particulares que han acumulado tal cantidad de deudas que presentan su propio concurso como personas físicas. Por otro lado, es curioso que hayan disminuido las demandas de divorcio, debido a que con la crisis hay parejas que no las presentan porque no tienen dinero para los costos, la pensión etc., y siguen conviviendo, aunque, de hecho, estén separados.
 
-¿Ha propiciado la nueva Ley de Tasas Judiciales un descenso de demandas?
Sí, sin duda, y no sólo por las tasas nacionales, sino aquí también por las catalanas que, aunque se recurrieron, recientemente han sido validadas por el Tribunal Constitucional. Es decir, que se van a tener que pagar dos tasas por los mismos actos procesales. Pongamos por ejemplo el caso de una demanda de desahucio por falta de pago, en el que ya se tiene que pagar una tasa, y si además se tiene que apelar se ha de pagar otra de, como mínimo, 800 euros fijos más un tanto por ciento por la variable. Entonces, el cliente se pone a hacer números y se pregunta: “¿Voy a apelar? ¿Me va a compensar? ¿Cuándo tendré sentencia? y cuando la ejecute ¿aquel hombre tendrá o no bienes?, ¿tendré que volver a pagar todos los costes de procedimiento?”. De alguna manera esta nueva ley está limitando el acceso del ciudadano a la justicia.
 

Carlos Ram de Viu, procurador de los tribunales

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